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El problema de la inquiokupación en España.

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El problema de la inquiokupación en España, es decir, el impago del alquiler por parte de inquilinos que se niegan a dejar la vivienda, afecta a miles de propietarios que se sienten indefensos. En cuanto a la ocupación ilegal tradicional, la conocida como ‘patada en la puerta’, las cifras oficiales tampoco muestran toda la realidad. Aunque el Ministerio del Interior registró más de 16.400 denuncias en 2024, Ballesteros señala que “solo cuentan los casos con denuncia”, y las asociaciones de propietarios estiman que solo se denuncia entre un 30% y un 50% de los casos.

Mientras tanto, en Europa se plantea crear un registro de okupas, algo similar a los listados de morosos, para que jueces, policía o propietarios identifiquen a reincidentes. Pero, “sin una normativa más restrictiva, el registro no sirve de mucho”. La legislación española, en palabras de Jorge Bustos, es “especialmente laxa, mucho más que en el resto de Europa”. Esto contrasta con países como Alemania o Francia, donde la ley protege al inquilino pero también asegura que el propietario recupere su vivienda en pocas semanas, y en casos de ocupación ilegal, el desalojo ocurre en 24 o 48 horas, algo impensable en España, donde los procesos pueden durar años.

Para agilizar los desalojos, España ha aprobado una reforma clave en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), que desde el 3 de abril de 2025 permite tramitar los delitos de allanamiento de morada y usurpación de vivienda mediante juicios rápidos. Esta medida, impulsada por una enmienda del PNV, busca reducir drásticamente los plazos.

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